Invalida SCJN parte de reformas electorales de Querétaro e Hidalgo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó parte de las reformas electorales de Querétaro e Hidalgo, sin embargo, debido a que en ambos estados el proceso electoral ya está en marcha, los ministros aprobaron que las normas que consideraron inconstitucionales se apliquen en los comicios del año próximo.

Esta incongruencia fue hecha notar por el ministro Alberto Pérez Dayán quien explicó que, si bien la Constitución ordena no hacer cambios a las leyes electorales en los 90 días previos al comienzo de los procesos comiciales, en casos en que éstas sean impugnadas ante la SCJN los ministros deben darles prioridad.

“Creo que este es un importante llamado a considerar cuáles son nuestros propios tiempos y en esa medida poderlos resolver.

“Si esto no es así entonces nosotros mismos estaríamos dando lugar a que se apliquen normas que hemos juzgado inconstitucionales, pero simplemente por el tiempo que ha transcurrido entre el momento en que llegaron y en que lo resolvemos parecen irremediables”, advirtió el ministro Pérez.

Y es que en las últimas semanas el pleno de la SCJN ha analizado media docena de reformas electorales locales en donde ha invalidado varias normas por inconstitucionales. Sin embargo, debido a que es imposible modificar las leyes cuando por procesos comiciales ya están en marcha, los ministros han acordado que los efectos de sus sentencias serán efectivos hasta que pasen las votaciones programadas para el 2024.

Este jueves, la SCJN analizó las reformas a la Ley Electoral de Querétaro, impugnadas por los partidos del Trabajo, Morena y por la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En este caso, el ministro Pérez Dayán hizo notar que el dictamen aprobado en el pleno del congreso estatal fue diferente al publicado en el periódico oficial, lo que calificó como un fraude y un engaño.

Sin embargo, debido a la dilación de la SCJN al resolver estas acciones de inconstitucionalidad, las esta reforma sí se aplicará en las próximas elecciones de Querétaro.

“¿Cuál puede ser el efecto haber detectado que se han cometido estas prácticas que en determinado momento pueden equivaler a un fraude? Porque si lo que se aprobó fue un dictamen con determinadas consideraciones y terminó siendo uno completamente diferente sin importar siquiera lo que ha sucedido a ti tendrán verificativo en un proceso electoral y ese proceso electoral se llevará a cabo con esas reglas en donde este alto tribunal ha demostrado que ni el dictamen se circuló a tiempo que ni se tuvo conocimiento de él y que su contenido fue diferente de lo que se publicó en el diario yo creo por lo menos para mi reflexión parece imposible aceptar que con esos vicios estas sean las normas que regulen un proceso democrático como el que se habrá de vivir próximamente”, señaló Pérez Dayán.

En esto coincidió el ministro Mario Pardo Rebolledo, quien señaló que esta situación plantea una problemática importante, pero que es la única medida práctica que puede tomar la SCJN.

En esta sesión también se declararon inconstitucionales reformas a las leyes electorales de Hidalgo, debido a que afectaban directamente a comunidades indígenas y afromexicanas, a quienes no se les consultó previamente.

Otros aspectos de las leyes electorales de esa entidad, sobre la eliminación de concejos municipales y normas para las candidaturas comunes, fueron avaladas.

Finalmente, se desestimó otra impugnación sobre reformas a la constitución de Baja California, también con implicaciones electorales.