En el Aeropuerto Internacional de Toluca, Estado de México, integrantes de la Guardia Nacional (GN), en coordinación con elementos de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), interceptaron un cheque y cuatro pagarés por más de 40 millones de dólares, equivalentes a 786 millones de pesos aproximadamente.
Al realizar inspecciones aleatorias de prevención, seguridad y vigilancia en empresas de mensajería y paquetería, guardias nacionales, previa autorización, ingresaron al recinto aduanal, en el Aeropuerto Internacional de Toluca, donde correspondió luz roja en el semáforo fiscal a dos sobres con documentos, es decir, fueron sujetos a revisión aduanera.
Durante la inspección del primer envío, procedente de Florida, Estados Unidos, con destino a Veracruz, localizaron un título de crédito original por cobrar (cheque), sin la declaración en la forma oficial aprobada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), expedido por la siguiente cantidad:
- 1 cheque por un total de 28 mil 227 dólares (equivalentes a 554 mil 378 pesos aproximadamente)
En la segunda acción, durante la revisión del sobre procedente de Connecticut, Estados Unidos, con destino a la Ciudad de México, ubicaron cuatro títulos de crédito originales por cobrar (pagarés), sin la declaración en la forma oficial aprobada por el SAT, expedidos por las siguientes cantidades:
- 1 pagaré por 23 millones 370 mil dólares (equivalentes a 458 millones 986 mil 800 pesos aproximadamente)
- 1 pagaré por 8 millones 630 mil dólares (equivalentes a 169 millones 493 mil 200 pesos aproximadamente)
- 1 pagaré por 4 millones 350 mil dólares (equivalentes a 85 millones 434 mil pesos aproximadamente)
- 1 pagaré por de 3 millones 650 mil dólares (equivalentes a 71 millones 686 mil pesos aproximadamente)
La Ley Aduanera establece en el artículo 9º:
“Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el Servicio de Administración Tributaria”.
En la misma ley, artículo 184 fracción XV se precisa:
“Cometen las infracciones relacionadas con las obligaciones de presentar documentación y declaraciones, quienes (…)
“XV. Omitan manifestar a las empresas de transporte internacional de traslado y custodia de valores o a las empresas de mensajería, que utilicen para internar o extraer del territorio nacional las cantidades que envíen en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate a diez mil dólares de los Estados Unidos de América.”
Por lo anterior, los sobres de mensajería y los documentos cobrables quedaron bajo resguardo en las oficinas de la ANAM en Toluca, para ser puestos a disposición en la delegación de la FGR en la entidad, para continuar las investigaciones correspondientes.